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CONTADOR GENERAL
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Misión:
Ejercer la conducción, dirección,
representación y control de la Contaduría General
de la Provincia.
Funciones:
- Representar legalmente a la Contaduría
General de la Provincia, personalmente o por delegación
o mandato.
- Dictar normas de Contabilidad Gubernamental para todo el Sector Público Provincial prescribiendo la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contable-financieros, sus anexos y notas explicativas a producir por los Servicios Administrativos Jurisdiccionales y demás entidades públicas.
- Dictar y aplicar normas de control interno.
- Dictar toda normativa y políticas propuestas por las distintas áreas de la Contaduría General de la Provincia.
- Organizar y reglamentar el funcionamiento
interno de la Contaduría General de la Provincia, aprobando
el Manual de Procedimientos que se elabore.
- Asignar funciones al Subcontador General
y a los demás funcionarios y agentes de la Contaduría
General de la Provincia.
- Proponer y efectuar contrataciones de personal
para la realización de trabajos específicos,
estacionales o extraordinarios, que no puedan ser realizados
por su planta permanente, fijando las condiciones de trabajo
y su retribución.
- Elevar anualmente para su consideración,
a la Dirección General de Presupuesto, el plan de acción
y el presupuesto de gastos de la Contaduría General
de la Provincia, para su posterior incorporación al
proyecto de ley de presupuesto general.
- Administrar y ejecutar el presupuesto del
organismo, resolviendo y aprobando los gastos necesarios para
su normal funcionamiento y fiscalizando la correcta aplicación
de los recursos presupuestarios.
- Adquirir, licitar, adjudicar y contratar
bienes, suministros y servicios profesionales.
- Disponer la utilización de bienes
muebles e inmuebles para el uso de sus oficinas y dependencias,
conforme a la normativa vigente y a las necesidades del servicio.
- Asesorar al Poder Ejecutivo en la materia
de su competencia.
- Atender los pedidos de asesoría y
asistencia técnica que le formulen las máximas
autoridades de las jurisdicciones y entidades en materia de
contabilidad, control y auditoria.
- Aprobar y remitir al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, la Cuenta de Inversión de cada ejercicio
financiero.
- Aprobar la estructura organizativa del sistema
de control interno bajo su directa dependencia y los manuales
e instructivos que determinen los métodos y procedimientos
de trabajo inherentes a ese sistema, e impartirá las
normas necesarias para su funcionamiento.
- Intervenir previamente los libramientos
de pago o de entrega enviados a la Tesorería General
de la Provincia.
- Crear unidades de auditoria interna en las
distintas jurisdicciones de la Administración Central,
en los organismos descentralizados y empresas del Estado Provincial,
cuando así lo considere conveniente.
- Concurrir y/o hacer concurrir al personal
de su dependencia a reuniones, cursos, seminarios, congresos,
simposios, y toda otra actividad complementaria relacionada
con la Contaduría General de la Provincia.
- Contratar estudios de consultoría
y auditoria, ante la imposibilidad de realizarla con recursos
humanos propios.
- Dictar resoluciones absolutorias o condenatorias,
según las sugerencias realizadas por la División
Juicio de Responsabilidad.
- Formular oposición u observación
a todo acto que, llegado a su conocimiento o intervención
importe una violación a las normas legales.
- Aplicar sanciones disciplinarias, conforme
a disposiciones vigentes.
- Realizar toda otra función asignada
por la Ley de Administración Financiera Nº 5.571
y su reglamentación.
Autoridad Jerárquica:
Sobre el Subcontador General, Asesoría
Legal, Secretaría Privada, Direcciones, Departamentos
y Divisiones que conforman la estructura orgánica de
la Contaduria General de la Provincia.
Especificación del puesto:
Para desempeñarse en éste cargo
será necesario poseer título de contador público
y poseer una experiencia en el área financiera o de
control de la administración pública nacional,
provincial o municipal no inferior a cinco años, contados
desde la fecha en que obtuvo su título universitario.
El cargo de Contador General de la Provincia
será con dedicación exclusiva e incompatible
con el desempeño de cualquier otra actividad rentada,
con excepción de la docencia.
El Contador General conservará su cargo
mientras dure su buena conducta y solo será enjuiciable
en la misma forma y procedimiento que se aplica a los miembros
del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
El Contador General de la Provincia, no obstante
las delegaciones de funciones que pueda realizar, conservará
en todos los casos la plena autoridad dentro del organismo
y podrá abocarse al conocimiento y decisión
de cualquiera de las cuestiones planteadas.
SUBCONTADOR GENERAL
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Misión:
Asistir al Contador General de la Provincia,
ser su reemplazante en caso de ausencia o impedimento y compartir
con aquel las tareas diarias de despacho y conducción.
Funciones:
- Cumplir las funciones del Contador General
de la Provincia en caso de ausencia o impedimento del mismo.
- Controlar el funcionamiento de todo el organismo,
informando al Contador General de la Provincia sobre la marcha
de las operaciones y actividades.
- Llevar a cabo todas las funciones asignadas
por el Contador General de la Provincia.
- Analizar las condiciones económico-financieras
de la Contaduría General de la Provincia, evaluando
medidas que hagan a la mejora de la marcha administrativa
de las áreas a su cargo.
- Verificar el cumplimiento de normas contables,
financieras y de control interno.
- Coordinar la actuación de las distintas
áreas a su cargo, delineando los planes de trabajo
y objetivos a alcanzar por cada una de ellas, conjuntamente
con los titulares de las mismas.
- Distribuir entre los agentes a su cargo
las tareas que no sean propias de la Contaduria General de
la Provincia y que hayan sido solicitadas, a nivel de colaboración,
por otras dependencias del Estado.
- Coordinar con el Contador General de la
Provincia su asistencia y/o la de otros agentes del Organismo
a reuniones, cursos, congresos, simposios, etc.
- Asesorar al Contador General de la Provincia
en materias relacionadas al funcionamiento de la Organización.
- Proponer normas legales u operativas que
hagan al objetivo del ente.
- Realizar toda otra función, en materia
de su competencia, que le sea requerida.
Dependencia Jerárquica:
Autoridad Jerárquica:
Sobre la Asesoría Legal, Secretaría
Privada, Dirección de Contabilidad, Dirección
de Control Interno, Dirección de Sistemas, Dirección
de Administración de Bienes, Departamento de Contrataciones,
Departamento de Administración, División Juicio
de Responsabilidad.
Especificación del puesto:
Para desempeñar este cargo será
necesario poseer título de contador público,
poseer una experiencia en el área financiera o de control
de la administración pública nacional, provincial
o municipal no inferior a cinco años, contados desde
la fecha en que obtuvo su título universitario.
El cargo de Subcontador General de la Provincia
será ejercido con dedicación exclusiva e incompatible
con el desempeño de cualquier otra actividad rentada,
con excepción de la docencia.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES (Eliminada mediante el Art. 9º del Dto. 1549/2008 del 07-08-2008 B.O. 13-08-2008)
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Misión:
Fijar lineamientos y políticas referentes
a las altas, bajas, modificaciones, transferencias, préstamos,
permutas, dación en pago, asignación en uso
o custodia de los bienes del Estado Provincial, a los que
resulta necesario registrar, conservar, mantener, proteger
y reasignar bajo las mejores condiciones técnicas y
económicas; regulando sobre el régimen de responsables
de los bienes que integran el patrimonio del Estado Provincial.
Funciones:
- Llevar el registro analítico de los
bienes del Estado Provincial, por tipo de bienes, dependencia,
ubicación geográfica, responsable, etc.; mediante
un sistema computarizado donde se inscriban los títulos
por los que se adquieran, tramiten o extingan derechos reales
sobre los bienes, contratos de concesión, resoluciones
o sentencias judiciales de ocupación, y demás
documentación que deba registrarse.
- Coordinar con la Dirección de Contabilidad
el dictado de normas y procedimientos referidos al registro
contable, definiendo criterios de valuación, de clasificación,
etc.
- Realizar verificaciones parciales o totales
sobre la existencia, estado y ubicación de los bienes
en las jurisdicciones y entidades públicas, elaborando
informes que le sean requeridos
- Controlar las planillas de cargo con la
clasificación o plan de cuentas de bienes del Estado
Provincial.
- Llevar a cabo las ventas de bienes del Estado
Provincial por disposición del Poder Ejecutivo, cuando
estas no tengan un régimen expresamente contemplado
en alguna disposición legal.
- Representar a la Contaduría General
de la Provincia en los remates de bienes del Estado Provincial,
controlando el cumplimiento de todos los trámites pertinentes,
firmando el acta de cierre correspondiente.
- Confeccionar el listado pormenorizado de
los bienes a ser rematados, el Acta de Entrega del bien y
demás formalidades establecidas por la reglamentación.
- Participar en convenios que el Estado Provincial
celebre con organismos tasadores públicos y/o privados,
con el objeto de valuar los distintos bienes que conforman
el patrimonio de la Provincia.
- Verificar la contratación de seguros
y su cumplimiento, por parte de las jurisdicciones y entidades
públicas para aquellos bienes que lo requieran.
- Preparar la información a ser incluida
en la Cuenta de Inversión.
- Proponer al Contador General de la Provincia el dictado de disposiciones sobre modalidad y oportunidad para la realización de censos o relevamientos totales o parciales de bienes, autorizados por el Poder Ejecutivo.
- Entender en la disposición de los
bienes declarados innecesarios para la gestión estatal,
mediante la transferencia, locación, renta, permuta
y/o cualquier otra forma que implique transferencia o no de
dominio.
- Sugerir mecanismos y requisitos para evitar
robos, pérdidas, deterioros que afecten a los servicios
o al patrimonio.
- Requerir de todos los organismos del Sector
Publico Provincial comprendidos en su competencia, la información
que le sea necesaria, para le cumplimiento de sus funciones.
- Elaborar el manual de procedimientos de
su dirección fijando pautas para el desarrollo de las
tareas administrativas de cada sector a su cargo.
- Realizar toda otra función complementaria,
en materia de su competencia, que le sea requerida.
Dependencia Jerárquica:
Autoridad Jerárquica:
ASESORÍA LEGAL
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Misión:
Ejercer una función consultiva de carácter
jurídico, que permita minimizar el riesgo de error
en la toma de decisiones de los niveles superiores jerárquicos
de la Organización, brindando asesoramiento legal en
aspectos puntuales y específicos.
Funciones:
- Asesorar en su materia a las distintas áreas
del organismo, emitiendo dictamen cuando le fuere solicitado.
- Participar en las licitaciones públicas
de la Administración Central, asesorando sobre el cumplimiento
de los requisitos legales y reglamentarios vigentes.
- Resolver todo asunto de su competencia que
le sea encomendado por los superiores y las distintas áreas
de la Contaduria General de la Provincia.
- Emitir dictamen sobre actos jurídicos
cuando éstos pudieran afectar derechos subjetivos o
intereses legítimos del Estado Provincial.
- Elaborar informes relacionados con su área
de trabajo que le sean requeridos.
- Interpretar y emitir opinión en casos
de confusión sobre normativa legal aplicable, analizando
normas, doctrina, jurisprudencia, hechos y criterios utilizados
oportunamente.
- Participar en la elaboración de proyectos,
decretos, resoluciones, disposiciones, memorandum, oficios
y cédulas de la Contaduría General de la Provincia.
- Requerir de todos los organismos del Sector
Publico Provincial comprendidos en su competencia, la información
que le sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
- Realizar toda otra función complementaria,
en materia de su competencia, que le sea requerida.
Dependencia Jerárquica:
Especificación del puesto:
DIVISIÓN JUICIO DE RESPONSABILIDAD
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Misión:
Determinar la responsabilidad de las personas
que, por sus actos u omisiones, ocasionen perjuicios económicos
al Estado Provincial, mediante el Juicio de Responsabilidad.
Funciones:
- Mandar iniciar sumario administrativo cuando
se le denuncien actos u omisiones susceptibles de producir
perjuicios económicos al Estado Provincial, o cuando
por sí misma adquiera la presunción de su existencia.
- Comenzar las investigaciones correspondientes
para iniciar el Juicio de Responsabilidad cuando el sumario
administrativo no fuere viable.
- Practicar las diligencias que hagan al esclarecimiento
de lo investigado, entre ellas: tomar declaraciones indagatorias,
hacer comparecer a testigos, pedir a cualquier repartición
la exhibición de libros y documentos, etc.
- Autorizar pericias, designando las personas
que las llevarán a cabo y el término en el que
deberán expedirse.
- Dictar medidas previas para mejor proveer.
- Someter las actuaciones realizadas a dictamen
de Fiscalía de Estado, antes de dictar la resolución.
- Sugerir al Contador General de la Provincia
las resoluciones de los Juicios de Responsabilidad que lleve
a cabo, para su posterior dictamen.
- Dar a conocer a Fiscalía de Estado
las presunciones que adquiera sobre delitos de acción
pública al Estado Provincial, en la sustanciación
del Juicio de Responsabilidad.
- Requerir colaboración e información
a cualquier agente público que tenga conocimiento sobre
irregularidades que puedan ocasionar perjuicios al Estado
Provincial.
- Requerir de todos los organismos del Sector
Publico Provincial comprendidos en su competencia, la información
que le sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
- Realizar toda otra función complementaria,
en materia de su competencia, que le sea requerida.
Dependencia Jerárquica:
Especificación del puesto:
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